La protesta pacífica no puede criminalizarse, menos con la fabricación de hechos alternativos para justificar la criminalización, menos aún cuando ese montaje proviene de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
La protesta pacífica no puede criminalizarse, menos con la fabricación de hechos alternativos para justificar la criminalización, menos aún cuando ese montaje proviene de los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.